domingo, 14 de octubre de 2012

Con legisladores así, para qué democracia?

Por Armando Brugés Dávila.

Aprovechando la distracción que tuvo la opinión pública nacional a raíz de los comicios electorales en Venezuela, los legisladores de la Cámara de Representantes, de manera soterrada e infame le pusieron conejo al país, archivando el proyecto de reforma constitucional que convertía en derecho fundamental el acceso a la salud para todos los colombianos. En el proyecto se decía que: “La vida como la salud deben ser garantizadas y protegidas por el Estado y no por los particulares”. De acuerdo al ponente, el representante Pablo Salamanca, la vida y la salud no deberían ser transables, y mucho menos tratadas como mercancías sujetas a las leyes del mercado o a la voracidad económica de los empresarios privados. Y tiene toda la razón, si observamos la legislación que al respecto tienen algunos países de la región.
En Bolivia, por ejemplo, la Constitución en su artículo 9º numeral 5º dice que el Estado garantiza el acceso de las personas a la educación, a la salud, a la educación y al trabajo. En lo que concierne a Ecuador, nos encontramos que en su artículo 42 el Estado no sólo garantiza el derecho a la salud, sino también a su promoción y protección por medio del desarrollo de la seguridad alimentaria, la provisión de agua potable y saneamiento básico… y la posibilidad de acceso permanente e ininterrumpido a servicios de salud, conforme a los principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidad y eficiencia. Por su parte en Venezuela, su Constitución establece que el sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. En Brasil, mientras tanto, la Constitución garantiza la asistencia sanitaria como un derecho de todos y una obligación del Estado, lo cual significa que corresponde al Gobierno su regularización, fiscalización y control, independiente de su aplicación directa por parte del mismo, dejando claro que si bien la empresa privada puede participar en su aplicación, sólo podrá hacerlo de modo complementario.
Pero qué dice el artículo 48 de nuestra Constitución? “La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley.” Lo anterior significa que la seguridad social en nuestro país, independientemente de lo que arriba se señala, queda en manos de la empresa privada. Así de simple. Esto explica el porqué se hundió el proyecto de reforma constitucional que convertía en derecho fundamental el acceso a la salud para todos los colombianos, sencillamente porque acababa con el inhumano modelo empresarial de la salud  por la  cual esta seguirá teniendo el carácter de negocio privado. Esa figura, perversa, terminó convirtiéndola en fuente inagotable de corrupción. Permite que las EPS desvíen más de 10 billones de pesos anuales en inversiones que nada tienen que ver con ella. De igual manera, permite la vinculación de sus empleados a través de cooperativas de dudosa ortografía, con lo que evaden compromisos laborales, supuestamente inviolables al tenor de nuestra Constitución. Y como si lo anterior no fuera suficiente, este modelo nefasto, ha permitido, por ejemplo, convertir la cesárea, en un negocio redondo para muchos galenos inescrupulosos  Pero no; en este modelo de democracia representativa no está pasando nada; Aquí todo es paz y en el cielo gloria.
Aunque un poco tarde, no quiero finalizar este artículo sin ofrecer mi voz de solidaridad a los colegas periodistas que han sido amenazados por cumplir con valentía, decoro  y dignidad  su compromiso con la comunidad. Adelante que el camino es largo.
 
 
 

 

 

 
 

 

 

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